Matizan reforma sobre fuero; el Presidente, a salvo de juicio político

El proyecto de dictamen sobre la eliminación del fuero será presentado en la Comisión de Puntos Constitucionales, de la Cámara de Diputados, con la conjunción de las propuestas...

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18 abril,2018 3:14 pm
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Texto: Agencia Reforma / Foto: Cuartoscuro
Ciudad de México, 18 de abril de 2018. La Cámara de Diputados discutirá mañana jueves  la reforma para eliminar el fuero al Presidente de la República, pero se mantiene la protección de que no pueda ser sometido a juicio político.
El proyecto de dictamen sobre la eliminación del fuero será presentado en la Comisión de Puntos Constitucionales, con la conjunción de las propuestas de los diversos partidos.
La reforma no retoma el planteamiento de que el Presidente sea sujeto a juicio político, como el resto de los funcionarios cuando en ejercicio de funciones incurra en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho, y cuya sanción consistiría en su destitución e inhabilitación para desempeñar funciones empleos cargos o comisiones de cualquier naturaleza de servicio público.
La reforma también omite que se pueda demandar por la vía civil a cualquier servidor público, es decir se centra únicamente en procesos penales, detalló el diputado de MC Jorge Álvarez Máynez.
En el proyecto de dictamen se deroga del artículo 108 constitucional la disposición de que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos del fuero común.
En el artículo 111 de la Constitución se agrega al Presidente de la República en la lista de los servidores públicos contra quienes se puede proceder penalmente.
Esto quiere decir que desaparece la protección del fuero.
Se agrega que por la comisión de delitos, para proceder contra el Presidente y otros servidores públicos, bastará con la denuncia debidamente presentada y ratificada ante la autoridad correspondiente.
“Una vez iniciado el debido proceso penal contra el inculpado, éste permanecerá en su cargo y gozará de la libertad en tanto no se dicte sentencia. Una vez que exista sentencia condenatoria firme ejecutoriada, se comunicará ésta a la dependencia del funcionario, para que el único efecto de que esa tome conocimiento y se proceda a la ejecución de la sentencia ordenada por la autoridad judicial.
“Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo no se concederá al sentenciado la gracia del indulto”, se agrega en el artículo 111.
Además del Presidente de la República que se suma a los funcionarios sujetos a proceso penal, se agrega a la lista a los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los tribunales Superiores de justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los consejos de la judicatura locales y los miembros de los organismos a los que las constituciones locales les concede autonomía.
La lista de servidores públicos contra los que se puede proceder penalmente se completa con Diputados y Senadores del Congreso de La Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los Consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, el Fiscal General de la República, el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
También se deroga el articulo 112 , en el que se precisaba que no se requerirá la declaración de procedencia de la Cámara de Diputados contra alguno de los servidores públicos que enlista el 111.
Es decir, se elimina el proceso de desafuero que se ha establecido en la Cámara baja.
También se deroga del artículo 74 la Facultad de la Cámara de Diputados para declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos enlistados en dicho artículo 111.
En los artículos transitorios se dan 180 días, una vez entrada en vigor la reforma, para que las entidades federativas armonicen sus constituciones locales con la nueva disposición de desaparición del fuero.
(En la imagen, el Salón del Pleno de la Cámara de Diputados, a donde mañana jueves se discutirá la reforma para eliminar el fuero al Presidente de la República)

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