Resolverá un juzgado civil la violación de soldados del Ejército a Valentina, informa Tlachinollan

Es un caso paradigmático porque se sentaron precedentes para el desarrollo del término “tortura sexual” y “violencia institucional castrense”, explica.

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23 mayo,2018 10:55 am
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Es un caso paradigmático porque se sentaron precedentes para el desarrollo del término “tortura sexual” y “violencia institucional castrense”, explica.

Texto: Lourdes Chávez
Foto: Archivo El Sur- Maribel Gutiérrez
Chilpancingo, Guerrero. A 16 años de la violación de la indígena me’ phaa Valentina Rosendo Cantú y a ocho de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) contra el Estado mexicano, el juzgado Séptimo de Distrito del estado resolverá el primer caso de tortura sexual cometida por soldados del Ejército, informó el Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan.
Mediante un comunicado el organismo de derechos humanos anunció que en los próximos días la jueza del juzgado Séptimo de Distrito, Iliana Fabricia Contreras Perales emitirá una sentencia de primera instancia sobre la presunta responsabilidad de dos militares por la tortura sexual contra Valentina Rosendo Cantú.
Antes del fallo de la Coidh sobre el caso Rosendo Radilla Pacheco, en noviembre de 2009, los casos en donde estaban involucrados militares los resolvía el Consejo de Justicia Militar (CJM), el Ejército juzgaba a sus elementos y las resoluciones no se hacían públicas o no se sabía si se cumplían.
El ataque a Valentina Rosendo Cantú ocurrió el 16 de febrero de 2002 en la localidad de Barranca Bejuco, en el municipio de Acatepec en la Montaña alta de Guerrero y la Coidh dictó la sentencia del caso el 21 de agosto de 2010.
Tlachinollan mencionó que por la omisión de los tribunales nacionales la Corte fue la primera en dictar sentencia en el caso, así como en el de Inés Fernández Ortega, dos mujeres indígenas que en diferentes lugares y circunstancias fueron torturadas sexualmente por militares el mismo año.
Subrayó que dado que la agresiones ocurrieron en un contexto de pobreza y discriminación, la Corte Interamericana creó la denominación “violencia institucional castrense.”

(El 5 de marzo de 2002, Valentina Rosendo Cantú, entonces de 17 años, narró en el lugar de los hechos, en un arroyo de la Barranca Bejuco, cómo fue violada por militares. Foto: Maribel Gutiérrez / Archivo)

Destacó los casos paradigmáticos a nivel nacional e internacional porque sentaron precedentes para el desarrollo del término “tortura sexual” y “violencia institucional castrense”, y se convirtieron en un referente en la defensa de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y de la lucha contra la tortura sexual.
Asimismo indicó que tribunales de otros países toman como referente el caso de Valentina para exigir garantía a los derechos a la integridad personal, a la dignidad, a la vida privada y a la protección judicial para todas las mujeres.
En el escrito Tlachinollan confió en que la sentencia del la jueza federal permita materializar la larga búsqueda de justicia que Valentina mantiene desde hace 16 años, que ha enfrentado bajo amenazas, hostigamiento y agresiones que impactaron su vida personal, familiar y comunitaria.
Destacó la oportunidad histórica del caso, porque se está a punto de resolver en el fuero civil el primer proceso de tortura sexual cometida por soldados del Ejército, y de aplicar los estándares emitidos por la propia Coidh sobre cómo juzgar estos casos con perspectiva de género y etnicidad, estableciendo un precedente nacional.
Consideró que la resolución del proceso judicial por las violaciones graves de derechos humanos cometidas en contra de Valentina Rosendo, “llega en un momento clave en el que se discute la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la participación de los elementos del Ejército en actividades de seguridad pública, regulada en la Ley de Seguridad Interior”.
Mencionó que la Ley de Seguridad Interior es cuestionada por diversos mecanismos internacionales de derechos humanos, y contradice el sentido de la sentencia de la Corte que solicitó al Estado mexicano reformas legislativas con el fin último de proteger y garantizar justicia a la población por violaciones a derechos humanos cometidas por el Ejército.
Como representante legal de Valentina Rosendo Cantú, Tlachinollan aclaró que hasta que no cuenten con sentencias firmes, con reparación en materia de justicia, la sentencia de la Corte no se considerará cumplida.
 

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