Dan 5 años a “Porky” y lo multan con 70 pesos; podría obtener libertad

El Artículo 183 señala una penalidad de doce a cuarenta años de prisión y multa de hasta cinco mil días de salario, en virtud de que el inculpado...

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10 agosto,2019 8:36 am
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El Artículo 183 señala una penalidad de doce a cuarenta años de prisión y multa de hasta cinco mil días de salario, en virtud de que el inculpado quedó evidenciado en el delito.
Ciudad de México, 09 de agosto de 2019. Un juez de Veracruz sentenció a cinco años de prisión y 70 pesos de multa a Diego Cruz Alonso, uno de los “Porkys” acusados en 2015 de pederastia por abuso sexual contra una menor.
Al tratarse de esa pena el inculpado podría solicitar la libertad bajo caución.
Para la Fiscalía de Veracruz el juez dejó de tomar en cuenta la agravante solicitada por esta Fiscalía, por lo que apeló la sentencia.
“La acusación realizada por la Fiscalía General del Estado (FGE) en contra de Diego “N”, fue por el delito de pederastia agravada, por lo que se solicitó le fuera impuesta la pena prevista por el Artículo 183 párrafo segundo, en íntima relación con el Artículo 182 párrafo segundo del Código Penal vigente en el momento en que sucedieron los hechos”, indicó la Fiscalía.
El Artículo 183 señala una penalidad de doce a cuarenta años de prisión y multa de hasta cinco mil días de salario, en virtud de que el inculpado quedó evidenciado en el delito.
La mujer,de 17 años de edad acusó que fue introducida a la fuerza por una persona a quien identificó como Diego, que la jaló hacia el interior de un automóvil marca Mercedes Benz color negro, con placas de circulación YKR-53-08 del Estado de Veracruz, el cual era conducido por otro de los inculpados.
“En el interior de vehículo, en donde Diego “N” y otro sujeto hoy evadido de la justicia, iban en el asiento trasero junto con ella, uno de cada lado, uno de ellos le quito su teléfono y realizaron diferentes actos eróticos en contra de la voluntad de la adolescente y, por tanto, en detrimento de su integridad sexual, física y psicológica, pues se ejecutaron dolosamente en partes íntimas de su cuerpo (senos y debajo de la falda), aunado que le jalonearon la blusa y le quitaron el brasier e incluso, los activos se reían de lo ocurrido; conducta con la que lesionaron su integridad y libertad física, sexual y psicológica de la víctima”, recordó la Fiscalía.
“Sin embargo, al dictársele sentencia, el Juez le impone una pena privativa de libertad de cinco años de prisión y multa de un día de salario mínimo equivalente a $70.10 (setenta pesos con diez centavos Moneda Nacional), toda vez que dejó de tomar en cuenta la agravante solicitada por esta Fiscalía”.
La Fiscalía advirtió que al considerar el juzgador que la pena de prisión que se impone al sentenciado no excede de cinco años, conforme a los límites señalados por el artículo 92 fracción III del Código Penal en Vigor, podría concederle alguno de los beneficios sustitutivos, como dejarlo en libertad bajo caución.
“Por tal motivo, al haberse impuesto una penalidad que no resulta acorde con lo solicitado por la Fiscalía en su pliego de conclusiones, se interpuso el Recurso de Apelación tanto por la Fiscalía como por el representante de la adolescente agraviada de identidad reservada, así como por el sentenciado, quedando radicada la apelación en el Tribunal Superior de Justicia del Estado, en la sala correspondiente”, estableció la Fiscalía en un comunicado.
En marzo de 2017, el juez Anuar González Hemadi fue suspendido por el pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por “notoria ineptitud”, al otorgarle un amparo a Cruz Alonso.
Esta fue la primera vez que un juez federal fue cesado para ser investigado, dos días después de emitir una sentencia que fue cuestionada públicamente.
Texto y foto: Agencia Reforma
 

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