Pide el Inai informe a sindicato de Bansefi sobre su Comité Ejecutivo

La comisionada María Patricia Kurczyn informa que los sindicatos que reciben recursos públicos deberán poner a disposición de particulares la información correspondiente en sus sitios de Internet.

213 0
3 noviembre,2019 12:24 pm
213 0

La comisionada María Patricia Kurczyn informa que los sindicatos que reciben recursos públicos deberán poner a disposición de particulares la información correspondiente en sus sitios de Internet.
Ciudad de México, 3 de noviembre de 2019. El Sindicato Nacional de Trabajadores del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (Bansefi), deberá entregar información a un particular sobre su padrón de socios e integrantes de su Comité Ejecutivo, entre otros datos.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), pidió este informe al gremio, luego de concluir que no sólo tiene competencia para conocer de la información solicitada, sino que constituye una de sus obligaciones.
Un particular solicitó al Sindicato del Bansefi información relacionada con el expediente que contenga el domicilio, número de registro, nombre del sindicato y nombre de los integrantes del Comité Ejecutivo.
También pidió la fecha de vigencia del Comité Ejecutivo, número y padrón de socios, central obrera a la que pertenecen, así como el acta de la asamblea en la que se eligió a la directiva actual y su periodo de duración.
El sindicato se declaró incompetente para conocer lo solicitado, argumentado que la autoridad con atribuciones para conocer de ello es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Inconforme con la respuesta, el peticionario presentó un recurso de revisión ante el Inai, por lo que el expediente fue turnado a la ponencia de la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos.
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada planteó que este recurso permite exponer las obligaciones que tienen los sindicatos de informar tanto a sus agremiados como a la población en general, en dos vertientes diferentes de la transparencia: interna y externa.
Kurczyn subrayó que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública prevé como sujeto obligado a cualquier sindicato que reciba y ejerza recursos públicos, o realice actos de autoridad.
La comisionada abundó que los sindicatos que reciben recursos públicos deberán poner a disposición de particulares la información correspondiente en sus sitios de Internet, así como en la Plataforma Nacional de Transparencia.
La ley general establece, por ejemplo, que deberán mantener actualizada y accesible la información referente a los contratos y convenios entre sindicatos y autoridades, el directorio del Comité Ejecutivo, el padrón de socios.
Además, la relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban, y el informe detallado tanto del ejercicio como del destino final de los recursos públicos que ejerzan.
“El Sindicato Nacional de Trabajadores del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, no puede liberarse de tales obligaciones alegando una incompetencia para conocer de lo requerido”, señaló la Comisionada.
A propuesta de Kurczyn, el Pleno del Inai determinó que la información solicitada por el particular se encuentra dentro de las obligaciones de transparencia que el Sindicato debe cumplir, por lo que revocó la respuesta y le instruyó asumir competencia y entregar los datos.
Texto y foto: Agencia Reforma

In this article

Join the Conversation