Amparan a presunto prestanombres de ex gobernador de Veracruz

Además del amparo contra la orden de captura, Moisés Mansur Cysneiros también consigue un amparo para que se valore la posibilidad de que le devuelvan un departamento de...

332 0
19 julio,2019 4:26 am
332 0

Además del amparo contra la orden de captura, Moisés Mansur Cysneiros también consigue un amparo para que se valore la posibilidad de que le devuelvan un departamento de su propiedad en Polanco.
Ciudad de México, 19 de julio de 2019. Un juez federal dejó sin efectos la orden de aprehensión por delincuencia organizada y lavado de dinero contra Moisés Mansur Cysneiros, al estimar que su información financiera se obtuvo violando el secreto bancario, lo que puede llevar a que sea declarada como prueba ilícita.
Víctor Manuel Jiménez Martínez, Juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región, con residencia en Zacatecas, otorgó el amparo al presunto prestanombres de Javier Duarte de Ochoa y ordenó volver a determinar si debe o no ser girada su captura.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) obtuvo los informes financieros de Mansur, argumentando que era para una investigación fiscal, pero en realidad los utilizó para el caso de lavado y delincuencia organizada, lo que para el juez representa una violación de garantías.
“Este juzgador estima que la petición que realizó el Director de Procesos Legales ‘B’ de la Dirección General de Procesos Legales de la UIF de la SHCP a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, transgrede el derecho al secreto bancario, pues (…) no cumplió con la totalidad de requisitos necesarios”, dice el juez en su sentencia.
“Fue omisa en razonar, fundada y motivadamente que solicitó tal información para efectos fiscales, es decir con motivo de sus facultades de comprobación en materia fiscal, es así, pues incluso la misma fue utilizada para presentar una denuncia por la probable comisión de los delitos de delincuencia organizada y operaciones de recursos de procedencia ilícita”.
El juez refiere que la autoridad hacendaria puede obtener esa información si colma los requisitos de habilitación de su facultad para allegarse de pruebas y, en el caso de la fiscalía, si la requiere mediante una orden judicial, pero ninguno de estos procedimientos se emplearon con Mansur.
“Si en el caso no se advierte dato alguno de que se hayan realizado facultades de fiscalización al quejoso, ni alguna otra causa que hubiere habilitado a la autoridad hacendaria a requerir la documentación fiscal y bancaria del quejoso, las pruebas así obtenidas transgreden los derechos a la seguridad jurídica y a la privacidad en su vertiente de secreto bancario”, sentencia el juzgador.
Añade que esta violación también trastoca el derecho del prófugo a no ser juzgado con pruebas ilícitas.
“Por ende, si la actividad de búsqueda y obtención de la información que sirvió de base para la emisión de la orden de aprehensión aquí reclamada, se realizó con vulneración al derecho fundamental de legalidad, esta debe considerarse ilícita y, por regla general, no podrá tomarse en cuenta en perjuicio del indiciado”, señala el fallo.
Según la sentencia de amparo, en principio el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte deberá dejar sin efecto la orden de aprehensión librada el 14 de octubre de 2016.
Enseguida, debe resolver nuevamente si procede o no la captura, pero esta vez pronunciándose sobre la ilicitud de las pruebas obtenidas por la UIF, con violación a los derechos de seguridad jurídica y privacidad de Mansur.
Este fallo no es el punto final del litigio, pues la FGR puede solicitar su revisión a un tribunal colegiado.
Sin embargo, el criterio de Jiménez Martínez es similar al que establecieron un juez de control y un tribunal unitario que declararon ilegal en forma definitiva toda la información financiera recabada para imputar a Javier Nava Soria, contador implicado en el mismo proceso que Duarte y Mansur.
…Y gana amparo contra decomiso
Moisés Mansur Cysneiros también consiguió un amparo para que se valore la posibilidad de que le devuelvan un departamento de su propiedad en Polanco, decomisado en la sentencia dictada a Javier Duarte de Ochoa por lavado de dinero y asociación delictuosa.
Víctor Manuel Jiménez Martínez, Juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región, con residencia en Zacatecas, le concedió a Mansur el amparo contra el decomiso del inmueble, al considerar que no está debidamente fundamentado.
El inmueble del litigio es el departamento 81 -también identificado con el número 8-, del condominio 71 Bis -también identificado como 71 2 “B”-, en Avenida Campos Elíseos.
“(Se decretó el decomiso) sin precisar de manera clara y categórica la razón por la que llega a la conclusión, lo cual era necesario para que se respetara el derecho de legalidad, ya que al no haber expresado los razonamientos en que sustentó su determinación, dejó al ahora quejoso sin defensa”, señala el fallo del juez.
“Por tanto, es evidente que el acto impugnado se encuentra indebidamente fundado y motivado, situación, que no le permitió al quejoso conocer y cuestionar o controvertir el mérito de la actuación”.
El fallo aún puede ser recurrido por la Fiscalía General de la República y, sólo en caso de ser confirmado por un tribunal colegiado, un juez de control del Centro de Justicia del Reclusorio Norte emitirá su pronunciamiento sobre la devolución o el decomiso.
Este decomiso se dictó el 26 de septiembre de 2018, en la misma sentencia por la que Javier Duarte fue condenado a 9 años de prisión y al pago de una multa de 58 mil 890 pesos.
Texto: Abel Barajas / Agencia Reforma
Foto: Especial / Agencia Reforma
 

In this article

Join the Conversation