Analizará Suprema Corte reapertura del caso San Fernando

El Pleno discutirá esta semana dos proyectos que conceden amparos contra la negativa de la PGR —hoy Fiscalía General—, para dar acceso a las averiguaciones previas por la...

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1 abril,2019 1:00 pm
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El Pleno discutirá esta semana dos proyectos que conceden amparos contra la negativa de la PGR —hoy Fiscalía General—, para dar acceso a las averiguaciones previas por la matanza de 72 personas y el hallazgo de 49 fosas clandestinas en San Fernando, Tamaulipas.
Ciudad de México, 1 de abril de 2019. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se dispone a reconocer la facultad del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) para decidir si una averiguación penal se refiere a violaciones graves de derechos humanos, y por tanto debe ser conocida por el público.
El Pleno de la Corte discutirá esta semana dos proyectos que conceden amparos contra la negativa de la Procuraduría General de la República, ahora, Fiscalía General, para dar acceso a las averiguaciones previas por la matanza de 72 personas y el hallazgo de 49 fosas clandestinas en San Fernando, Tamaulipas, así como por la matanza de 49 personas en Cadereyta, Nuevo León.
En 2013, el INAI confirmó las negativas de la PGR, basadas en los principios de secrecía de las averiguaciones previas, pero los solicitantes de información promovieron amparos, cuya revisión la Corte tiene pendiente desde hace cuatro años.
Los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Piña Hernández propusieron a sus colegas aclarar que el INAI sí tiene la autoridad para calificar de “grave violación de derechos humanos” o “delito de lesa humanidad” los hechos bajo indagatoria penal.
La Ley General de Transparencia prohíbe reservar la información relacionada con este tipo de violaciones, pero la PGR sostiene que solo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), o en su caso los jueces, pueden calificar si los hechos son graves o no.
“Esta Suprema Corte estima que si el INAI considera que la determinación de la PGR no es fundada ni motivada, éste se encuentra facultado para determinar si, a primera vista, un asunto se vincula con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad”, señala uno de los proyectos.
“Considerar que el INAI no puede pronunciarse sobre materias que no es experta -como lo pretende la PGR- es partir de una premisa equivocada. Una cosa es la obligación de investigar y sancionar las violaciones graves a derechos humanos, y otra distinta es pronunciarse sobre la posible existencia de éstos con la finalidad de respetar y garantizar el derecho de acceso a la información y, dentro de éste, el principio de máxima publicidad”, agrega.
Los amparos serían otorgados a Ana Cristina Ruelas y a Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, que lleva años indagando el caso San Fernando.
En el caso de Fundar, el juez federal Fernando Silva había concedido el amparo para el efecto de que la PGR entregue la versión pública de la averiguación.
Sin embargo, el proyecto de la Ministra Piña aclara que el Poder Judicial no puede sustituir al INAI en sus funciones, máxime que le está reconociendo la facultad para clasificar la gravedad de los hechos, por lo que el amparo sería para que el órgano de transparencia vuelva a dictar resolución sobre las negativas de la PGR.
Por tratarse de amparos en revisión, basta que cuatro de los nueve Ministros restantes voten en favor de los proyectos.
Texto: Víctor Fuentes / Agencia Reforma
Foto: Especial / Agencia Reforma
 

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