Avalan diputados derechos en el trabajo doméstico

Con 434 votos a favor, se aprobó por unanimidad el proyecto de reformas a las leyes federal del trabajo y del seguro social. La reforma regulará la jornada...

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30 abril,2019 5:21 pm
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Con 434 votos a favor, se aprobó por unanimidad el proyecto de reformas a las leyes federal del trabajo y del seguro social. La reforma regulará la jornada laboral, vacaciones y días de descanso, así como la firma de contratos, entre otros.
Ciudad de México, 30 de abril de 2019. La Cámara de Diputados avaló reformas legales para regular derechos en el trabajo doméstico como la jornada laboral, reconocimiento de vacaciones y días de descanso, así como la firma de contratos, entre otros.
Luego del “cacerolazo” ayer de diputadas de oposición, quienes exigieron la discusión del tema, la minuta que venía del Senado se presentó este martes al Pleno.
El proyecto de reformas a las leyes federal del trabajo y del seguro social se aprobó, por unanimidad, con 434 votos a favor.
Se regresó al Senado porque los diputados realizaron diversas modificaciones, entre ellas eliminar la disposición sobre que las personas trabajadoras del hogar ganen al menos dos salarios mínimos.
Sin fijar un monto, como lo hicieron los senadores, en el dictamen solo quedó establecido que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a las personas trabajadoras del hogar.
Además, se agrega el capítulo 13 denominado Personas Trabajadoras del Hogar.
“Persona trabajadora del hogar es aquella que de manera remunerada realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar, en el marco de una relación laboral que no importe para la persona empleadora beneficio económico directo conforme a las horas diarias o jornadas semanales establecidas en la ley en cualquiera de las siguientes modalidades:
“Personas trabajadoras del hogar que trabajen para una persona empleadora y residan en el domicilio donde realicen sus actividades; personas trabajadoras del hogar que trabajen para una empleadora y no residen en el domicilio; personas trabajadoras que trabajen para diferentes personas y no residan en el domicilio de ninguna de ellas”, se indica.
La reforma prohíbe la contratación para el trabajo en el hogar de adolescentes menores de 15 años.
El trabajo del hogar deberá fijarse mediante contrato por escrito, de conformidad con la legislación nacional o con convenios colectivos, que incluya como mínimo el nombre y apellidos de la persona empleadora, de la persona trabajadora, la dirección del trabajo habitual, la fecha de inicio del contrato, y cuando éste se suscriba para un periodo específico, su duración y el tipo de trabajo por realizar, las remuneraciones y las horas de trabajo.
También se deben señalar las vacaciones anuales pagadas y los periodos de descanso diario y semanal, el suministro de alimentos y de alojamiento.
La ley añade un artículo 334-bis, el cual precisa que las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, aguinaldo y cualquier otra prestación que se pudiera pactar entre las partes.
Texto: Claudia Salazar / Agencia Reforma / Foto: Archivo El Sur
 

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