Hizo el presidente propaganda “prohibida” con uno de sus informes de gobierno, confirma el Trife

Se exhorta al vocero de la Presidencia a que sea “particularmente escrupuloso” para que no se repitan las irregularidades, dice la sentencia

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1 julio,2021 9:03 am
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Se exhorta al vocero de la Presidencia a que sea “particularmente escrupuloso” para que no se repitan las irregularidades, dice la sentencia

Ciudad de México, 1 de julio de 2021. Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)  confirmaron la sentencia de la sala especializada que determinó que el evento “Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno” del Presidente de la República, debe ser considerado como propagada gubernamental y personalizada en periodo prohibido por la Constitución (procesos electorales y campañas en marcha)

En la sentencia, a propuesta del magistrado Felipe Fuentes, se exhorta al vocero de la Presidencia a que sea “particularmente escrupuloso” para evitar que esos eventos violen la Constitución y se difundan en entidades con procesos electorales en marcha para que no se repitan las irregularidades.

La resolución señala que los agravios alegados por el Gobierno de la República resultaron “infundados e inoperantes” al no combatir la totalidad de las consideraciones de la sentencia finalmente confirmada.

Desecha queja por supuestas calumnias contra el ex candidato en NL, Adrián de la Garza

En sentencia y por unanimidad de votos, los magistrados de la sala superior del TEPJF confirmaron también la resolución del INE que a través de sus órganos competentes desechó la denuncia del PRD en contra del Presidente de la República por supuestamente afectar y calumniar con sus expresiones al entonces candidato del PRI a la Gubernatura de Nuevo León, Adrián de la Garza.

Los magistrados confirmaron la resolución del órgano del INE de desechar la queja al no ser el PRD un actor legitimado para presentar la inconformidad por esas expresiones del mandatario vinculadas con el entonces candidato priista en una conferencia matutina.

Descarta denuncia por violencia de género contra el gobernador electo Samuel García

La sala superior del TEPJF revocó las sanciones por presunta violencia política de género de Samuel García, entonces candidato al Gobierno de Nuevo León y a su partido Movimiento Ciudadano, en contra de la candidata de Morena Clara Luz Flores, que había determinado la sala regional especializada.

Por unanimidad de votos, y a propuesta del ponente Felipe de la Mata, los magistrados consideraron que las expresiones en los promocionales de campaña del candidato de MC titulados “No soy como ellos” y La vieja política” , impugnadas por Morena, no implicaron violencia política de género en contra de la candidata morenista.

Los promocionales, señala la sentencia, hacían referencias generales, que podrían implicar una crítica fuerte al pasado político en esa Entidad, pero no a la condición de mujer de la aspirante morenista.

Confirman sanción a Rocío Nahle

Los integrantes de la sala superior también confirmaron la sentencia de la sala especializada que consideró que la Secretaria de Energía, Rocío Nahle, violó la normatividad electoral al difundir mensajes con logros de Gobierno en su cuenta de Twitter en un periodo en que se estaba en campañas electorales.

Sin embargo, determinaron que no se vulneró la imparcialidad en la contienda con sus mensajes.

Texto: Staff / Agencia Reforma

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