Denuncian trabajadores de la Secretaría de Salud que su sindicato les quitó la prestación de gastos funerarios

 

Trabajadores de la Secretaría de Salud (Ssa) de Guerrero manifestaron su indignación mediante un documento enviado a la prensa, porque el Consejo Nacional de Dirigentes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA), “borró de un plumazo” el Fondo de Auxilio por Defunción (FAD) equivalente a 50 mil pesos como apoyo para gastos funerarios de los trabajadores.
La dirigencia nacional de ese sindicato promovió una reforma al reglamento de ese apoyo en el que se establece que ahora la ayuda a los familiares del trabajador que fallezca será equivalente al tiempo que haya laborado y cotizado.
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de la Secretaría de Salud envió la circular Pre 008/2015 con fecha 4 de abril a todos los secretarios generales, donde se dan a conocer los términos del nuevo reglamento.
En la circular se lee: “En atención y seguimiento a los acuerdos concluyentes en el XLIII Congreso Nacional Ordinario de dirigentes del SNTSA 2015, en materia del Fondo de Auxilio por Defunción (FAD), me permito informarle que a partir del mes de enero del presente año, los pagos a los responsables de cobro, depositarios, por designación y correspondencia de los trabajadores, serán cubiertos de acuerdo a las cantidades como se detalla en la presente”.
La circular está firmada por Marco Antonio García Ayala, presidente del CEN del SNTSA, quien aclara a los secretarios generales que el acuerdo fue depositado para su registro en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA).
“La medida previsora del presente acuerdo quedó establecida de manera que el beneficio que se da a los responsables de cobro, en ningún caso sea inferior a las aportaciones que el trabajador pudiera generar en todo su ciclo laboral”, dice a manera de justificación el documento de la dirigencia del SNTSA.
En el mismo documento se adjunta la tabla de las cantidades a las que el trabajador tendrá derecho por años de cotización, para el pago de la ayuda de “últimos gastos”.
En la tabla se menciona que en el primer periodo de aportación, que será de 1 hasta 10 años, el monto del beneficio será de 15 mil pesos y el trabajador tendrá derecho a un monto de hasta un millón 200 mil pesos.
En el segundo periodo que será de 11 hasta 20 años, con una aportación de 25 mil pesos, el apoyo será de hasta de 2 millones 400 mil pesos si el trabajador cotiza 20 años.
El tercer periodo es de 21 años o más, y con una aportación de 50 mil pesos, el trabajador recibirá hasta 3 millones 600 mil pesos si cotiza 30 años.
Los trabajadores de la Ssa en Guerrero agremiados al SNTSA se inconformaron con esta reforma.
En un documento enviado a reporteros con el título, “Ahora dale las gracias a tu diputada Beti Vélez”, en referencia a la secretaria general de la sección 36 del SNTSA y diputada federal del PRI por el distrito 07 con cabecera en Chilpancingo, Beatriz Vélez Núñez, denuncian que la dirigencia nacional de su sindicato perjudicará al 80 por ciento de los trabajadores de la dependencia, y que en el caso de Guerrero son aproximadamente 15 mil los agremiados.
El documento menciona que con la reforma al reglamento de FAD se borra “de un plumazo” el apoyo que era equivalente a 50 mil pesos en general para todos los trabajadores, y que ahora va a ser de acuerdo a los años de antigüedad, “y lo peor es que lo que sólo podía ser modificado en un congreso nacional se modificó en un Consejo Nacional de Dirigentes”.
El reglamento que fue modificado establece ahora en su artículo 4 que los afiliados al sindicato, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 fracción XX del estatuto general, “deberán realizar, de manera permanente, sus aportaciones al Fondo (FAD), las cuales serán descontadas de su salario por la Secretaría de Salud mediante el concepto 70 o su similar, lo cual les otorgará la calidad de aportante”.
Los trabajadores se quejan también porque se burocratizó el trámite para cobrar ese apoyo, pues el nuevo reglamente menciona: “Las solicitudes de pago del beneficio del fondo deberán ser ingresadas por el responsable del cobro a la Secretaría del Fondo de Auxilio por Defunción del CEN, en un plazo no mayor a 45 días naturales a partir de la fecha del fallecimiento del aportante establecida en el acta de defunción”.
Además, una vez concluido dicho plazo corresponderá al CEN determinar lo procedente.
También se quejan de que se establece que la solicitud de pago de beneficio del FAD será procedente una vez que se reciba de alguno de los responsables de cobro autorizados con toda la documentación señalada en el reglamento, “sin que exista responsabilidad alguna por parte del CEN en el caso de cualquier controversia al respecto”.
Una vez recibida la solicitud de pago con toda la documentación señalada, en el caso de ser procedente, el CEN tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles para realizar el pago del beneficio del Fondo.
El nuevo reglamento añade: “El monto del beneficio del Fondo será establecido por el CEN, mediante acuerdo de la presidencia y de las secretarías de Finanzas y del Fondo de Auxilio por Defunción, a partir del análisis técnico y financiero de los recursos económicos del fondo (FAD), de las consideraciones actuariales de sus obligaciones, así como de la procedencia de cada una de las solicitudes de pago que se reciban”.
El nuevo reglamento del FAD abrogó el de fecha 1 de febrero de 1987, denuncian los agremiados al SNTSA.