Promulga Peña Nieto la Ley de Seguridad Interior; esperará fallo de la Corte

Se compromete a no emitir declaratorias en tanto el máximo tribunal decide; para invalidar la nueva legislación se necesitará el voto de 8 de los 11 ministros; lamentan...

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22 diciembre,2017 6:08 am
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Se compromete a no emitir declaratorias en tanto el máximo tribunal decide

Para invalidar la nueva legislación se necesitará el voto de 8 de los 11 ministros

Lamentan activistas la medida y la llaman “irresponsable”

Insiste la Presidencia en culpar a los gobiernos locales del repunte de la violencia

Texto: Agencia Proceso y Víctor Fuentes / Agencia Reforma
Foto: Agencia Reforma

Ciudad de México. El presidente Enrique Peña Nieto publicó este jueves la Ley de Seguridad Interior, pero ofreció no emitir declaratoria alguna de protección en los términos de la misma hasta que la Suprema Corte decida sobre su constitucionalidad.

“Soy consciente de que este ordenamiento es especialmente sensible para la vida pública del país; por eso no emitiré declaratoria de protección de seguridad interior en los términos de esta ley hasta que el máximo tribunal decida sobre su constitucionalidad”, dijo.

Durante su mensaje de clausura de la 43 Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, recordó que “corresponde únicamente a nuestro máximo tribunal decidir cuándo una norma se apega a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos”.

Ante miembros de su gabinete, gobernadores y representantes de organizaciones civiles, Peña reconoció que durante la discusión y aprobación de la ley distintos grupos de derechos humanos y académicos expresaron que, a su juicio, el contenido es inconstitucional.

Sin embargo, expuso que, de acuerdo con el marco jurídico, el máximo tribunal del país sólo puede pronunciarse sobre una ley una vez que ésta ha sido promulgada, “por tanto, doy la bienvenida al análisis que en su momento lleve a cabo la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre esta ley”.

En el Salón Tesorería de Palacio Nacional, subrayó que la SCJN será el árbitro legitimado constitucionalmente para emitir una resolución definitiva, pero ello no significa que dejará de haber intervención de la Federación en materia de seguridad pública en auxilio de los estados que lo necesitan.

Explicó que, desde hace más de una década, el Estado mexicano se ha visto en la necesidad de emplear de manera subsidiaria y temporal a las fuerzas armadas para reforzar la seguridad pública, y “han acudido en apoyo de las entidades federativas por necesidad, han salido a las calles porque las fuerzas policiales locales habían sido rebasadas por el fenómeno delictivo”.

Su despliegue, afirmó, no pretende suplir sino complementar las capacidades de los cuerpos de seguridad civiles locales, y en todos los casos su actuación se deriva de la solicitud de los gobiernos estatales, por lo que “hubiera sido irresponsable dejar a su suerte a la población civil ante el embate de la criminalidad”.

Al reconocer el trabajo de las fuerzas federales, en su calidad de comandante supremo, Peña indicó que uno de los pendientes legislativos había sido regular la intervención de los efectivos militares y navales en la lucha contra las organizaciones delictivas.

Recordó que en su momento la SCJN resolvió que las fuerzas armadas pueden actuar en tareas de seguridad pública en auxilio a la autoridad civil y en tareas de seguridad interior, bajo el mando del presidente de la República, y esta atribución se encuentra prevista en la fracción VI del artículo 89 de la Constitución desde 1917.

No obstante, detalló, esa atribución había tenido que ser ejercida hasta hoy sin el respaldo de una ley reglamentaria, y la ausencia de ésta se ha traducido en incertidumbre tanto para los miembros de las fuerzas armadas que participan en tareas de seguridad como para los propios ciudadanos.

Por ello, manifestó, el espíritu de la Ley da certeza jurídica a la actuación de las fuerzas armadas en la preservación de la seguridad interior y al mismo tiempo establece límites al uso discrecional de las mismas.

“La Ley deja claro, y esto es muy importante, que en ningún momento se exime a las autoridades locales del cumplimiento de sus responsabilidades; además las obliga a llevar a cabo el programa de fortalecimiento de las capacidades institucionales que permita finalizar con el apoyo subsidiario de las autoridades federales”, puntualizó el mandatario.

Y aprovechó para hablar sobre “otro tema largamente pospuesto: si debemos seguir con más de mil 800 policías municipales o construir, como propuse al Congreso de la Unión hace más de tres años, 32 policías estatales profesionales, confiables y eficaces”.

Peña explicó que para lograr una seguridad duradera se requiere el trabajo firme, comprometido y corresponsable de las autoridades federales, estatales y municipales; “así lo mandata nuestra Constitución, así lo exige la sociedad y así lo ameritan las circunstancias actuales”.

Antes de clausurar la 43 Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el presidente hizo un llamado a la gobernadora, a los mandatarios estatales y al jefe del gobierno de la Ciudad de México, a seguir fortaleciendo las capacidades institucionales en el combate a la delincuencia.

“México necesita policías locales bien capacitadas y equipadas, sólidas y eficaces que garanticen la seguridad de la población. Sólo trabajando juntos con compromiso, perseverancia y visión de largo plazo alcanzaremos el México en paz que todos anhelamos”, concluyó.

Se inicia plazo de 30 días para impugnar

El Ejecutivo federal publicó hoy la Ley de Seguridad Interior, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, y con ello empezó a correr el plazo de 30 días para que sea impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por medio de acciones de inconstitucionalidad.

Están legitimados para impugnar la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el 33 por ciento de diputados y senadores, y el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) por lo que toca a un solo artículo que clasifica información como reservada.

La Corte no puede suspender la Ley, pero el propio jefe del Ejecutivo anunció hoy que no aplicará sus disposiciones relevantes mientras se resuelve si es constitucional.

Tanto el Ejecutivo como el Legislativo pueden pedir al máximo tribunal que dé trámite prioritario a estos juicios, lo que permitiría que el Pleno dicte sentencia hacia mediados de febrero.

La SCJN está en receso y volverá a laborar el 2 de enero.

Para invalidar cualquier aspecto de la Ley de Seguridad Pública será necesario el voto de al menos ocho de los 11 ministros.

Lea toda la información en nuestra edición de este viernes 22 de diciembre:

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