También el Inai cuestiona la Ley de Seguridad Interior

En un comunicado, el organismo consideró que el artículo 9 de la propuesta de ley contraviene el principio de máxima publicidad previsto en el artículo 6 de la...

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7 diciembre,2017 6:33 am
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Texto: Agencia Reforma

Foto: Carlos Alberto Carbajal

Ciudad de México.- La minuta de Ley de Seguridad Interior fue cuestionada también por el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

En un comunicado, el organismo consideró que el artículo 9 de la propuesta de ley contraviene el principio de máxima publicidad previsto en el artículo 6 de la Constitución.

“La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente ley será considerada de seguridad nacional y clasificada de conformidad con la ley en la materia”, señala el artículo en cuestión.

El Inai advirtió que dicha disposición es contraria al principio de máxima publicidad, el cual establece, por regla general, que toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño.

Aseguró que establecer que la información generada por la aplicación de la ley se considerará de seguridad nacional, implica restringir, sin análisis alguno, el acceso a dicha información.

Además, manifestó que trasgrede los principios de temporalidad en la reserva de información y de progresividad, pues la legislación en transparencia prevé un análisis caso por caso e impide la clasificación de documentos antes de que se generen.

(En la imagen: Integrantes del Grupo de Coordinación Acapulco, revisan autos en la plaza El Patio ayer por tarde)

 

Urgen mandos militares a aprobar la Ley
de Seguridad; “evitará el desgaste de la tropa”

Texto: Benito Jiménez / Agencia Reforma

Ciudad de México.- Mandos de la secretarías de Marina y de la Defensa Nacional urgieron al Senado a aprobar la Ley de Seguridad Interior, pues, según afirman, eso evitará el desgaste en la tropa.

Actualmente, 53 mil elementos del Ejército y unos 12 mil de la Marina se encuentran desplegados en el país en el combate al secuestro, narcotráfico, ejecuciones, robo de combustible y otros delitos que rebasan la capacidad de las policías locales.

“Cuántas veces hemos visto que los jueces liberan a los delincuentes porque se viola el debido proceso al no tener nosotros facultades para poner a disposición a una persona; la ley evitaría el desgaste de las tropas si se aprueba”, indicó un mando de la Armada consultada sobre la ley que se discute en el Senado.

“El personal militar tiene la disposición de actuar frente a cualquier tema que implique la seguridad de la ciudadanía, pero es entendible que se frustre si su trabajo no se ve reflejado en los tribunales; se cansa de salir a las calles y regresar al cuartel sin resultados porque los criminales vuelven a las calles a falta de una certeza jurídica en las acciones militares”, indicó un comandante operativo de un batallón de Policía Militar.

Los secretarios de Defensa Nacional y Marina, Salvador Cienfuegos y Vidal Soberón, respectivamente, han insistido durante la gestión de Enrique Peña Nieto en que se aprobe una ley que regule la actuación de sus soldados y marinos en tareas de seguridad pública.

“¿Quieren que estemos en los cuarteles? Adelante, yo sería el primero en alzar no una, las dos manos para que nos vayamos a hacer nuestras tareas constitucionales. Nosotros no pedimos estar ahí (en las calles), no nos sentimos a gusto, ninguno de los que estamos con ustedes aquí estudiamos para perseguir delincuentes”, lanzó el general Cienfuegos en diciembre de 2016.

“(Necesitamos un) marco jurídico que establezca los niveles de competencia de las policías municipales, estatales y federales, así como el procedimiento a seguir para solicitar el apoyo de las fuerzas armadas, en caso de que las autoridades policiacas se vean rebasadas”.

“Deseo dejar muy claro este punto, a fin de evitar equivocaciones: la intención de esta ley no sería que las fuerzas armadas actúen como policías, sino responsabilizar a las autoridades de los tres órdenes de gobierno para que pongan todo su empeño y dejen como último recurso el empleo de las fuerzas armadas mexicanas”, expuso en julio pasado el almirante Soberón.

La ley será discutida en el Senado luego de que fue aprobada por la Cámara de Diputados.

La Ley de Seguridad Interior establece un proceso específico en la capacitación de las autoridades civiles, puntualizó por su parte el especialista en temas militares, Javier Oliva.

“Primero no es una ley ‘a modo’ para las fuerzas armadas; en todo caso, se trata de una regulación para la participación de éstas en las labores de apoyo a la autoridad civil (…) obliga a las corporaciones policiales a mejorar su calidad y servicios”, indicó a Reforma el asesor del Colegio de Defensa Nacional.

“Segundo, a las fuerzas armadas se les especifica en qué condiciones, por cuánto tiempo y para qué deberán ayudar en situaciones de afectación al estado de seguridad interior. Es un avance importante y de beneficio para la sociedad”, dijo el especialista.

El proyecto ya es discutido en comisiones del Senado de la República.

“Le da sentido y cuerpo jurídico a un concepto que se encuentra en cada una de las cuatro constituciones que ha tenido el país. Y siempre en el apartado de las responsabilidades del presidente de la República.

“Así que en 1824, 1836, 1857 y 1917, la seguridad interior no se encontraba definida ni precisada. En la actualidad, significa actualizar el marco constitucional, en medio de una severa crisis de inseguridad pública, que reclama la acción del Estado, gobiernos y sociedad para poder recuperar la paz pública y la vigencia del Estado de derecho”, añadió Oliva, profesor-investigador en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.

De acuerdo con el artículo 4 de la ley, las acciones de seguridad interior son aquellas que realizan las autoridades federales, incluyendo las fuerzas armadas, por sí o en coordinación con los demás órdenes de gobierno, orientadas a identificar, prevenir, atender, reducir y contener riesgos y amenazas a la seguridad interior.

Dichas acciones incluyen el uso legítimo de la fuerza, entendido como “la utilización racional y proporcional de técnicas, tácticas, métodos, armamento y protocolos que realiza el personal de las fuerzas federales”, explica el apartado 10 del artículo 4.

Lea toda la información en nuestra edición impresa de este jueves 7 de diciembre:

Páginas 8, 16 y 25

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